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AFIP: Las empresas podrán solicitar CUIT mediante Presentaciones Digitales



La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que aquellos representantes legales de las personas jurídicas comprendidas en la Resolución General N° 2.337 y su complementaria podrán presentar la documentación y demás elementos a que se refiere el artículo 6° de la mencionada resolución general, a través del servicio “Presentaciones Digitales” a fin de obtener la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) a partir del lunes 7 de septiembre.


La documentación deberá presentarse en archivos digitales legibles, y estar suscripta por el representante legal de la persona jurídica que solicita la inscripción y certificada por escribano público o, de corresponder, por el organismo de contralor competente, en ambos casos mediante la utilización de la firma digital.

También, a través de “Presentaciones Digitales”, se podrá modificar datos de las personas jurídicas y, además, el ente recaudador podrá requerir la presentación de la documentación de respaldo correspondiente.


La medida fue publicada a través de la Resolución General 4810/2020 y se fundamenta en la imposibilidad de concurrir a determinadas dependencias del organismo como consecuencia de las medidas dispuestas de aislamiento social, preventivo y obligatorio y distanciamiento social, preventivo y obligatorio.

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